Agosto 2025

REGLAMENTO DE LA PROMOCIÓN/SORTEO

“EL COMBUSTIBLE QUE TE LLENA DE PREMIOS”

REQUISITOS Y CONDICIONES

Artículo 1.
La Promoción “EL COMBUSTIBLE QUE TE LLENA DE PREMIOS” pertenece a UNOPETROL COSTA RICA, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA con cédula jurídica, 3-102-007218, denominada para efectos del presente reglamento como “UNO”; empresa con domicilio en San Jose, La Uruca, contiguo a la Ferretería CAPRIS, Estación de Servicio UNO, oficinas administrativas.

Artículo 2.
UNO es el único organizador de la Promoción la cual tendrá un periodo de vigencia desde del día 18 de agosto de 2025 a las 00:00:00 horas y hasta el día 18 de noviembre de 2025 a las 23:59:59 horas.

Artículo 3.
Dicha promoción es solamente válida para las siguientes estaciones de servicio UNO:

ESTACIÓN

DIRECCIÓN

URUCA 1

LA URUCA, SAN JOSE CONTIGUO A CAPRIS

URUCA 2

LA URUCA, SAN JOSE FRENTE A MAZDA

HATILLO

ROTONDA RANCHO GUANACASTE ALAJUELITA/HATILLO

LAHMAN

FRENTE A CASA MATUTE GOMEZ, BARRIO GONZALEZ LAHMANN

TIBAS

DE LA ESQUINA SUROESTE DE LA IGLESIA 600 SUR

SAN SEBASTIAN

SAN JOSE SAN SEBASTIAN, 50 SUR HIPERMAS

ESPARZA

ESPARZA PUNTARENAS, SOBRE CARRETERA INTERAMERICANA FTE MIRADOR EMIS

SAN MIGUEL

SAN MIGUEL HIGUITO 100 NORTE IGLESIA, DESAMPARADOS

GUADALUPE

GUALDALUPE, 50 ESTE DEL CRUCE DE LOS SEMAFOROS ANTIGUA ROTONDA

BARREAL

CRUCE COLEGIO CASTELLA, CONTIGUO A RTV

CARIARI1

CRUCE CENTRO COMERCIAL REAL CARIARI, CARRETERA A LAURORA

PASEO DE LOS ESTUDIANTES (BEGONIA)

FINAL DE PASEO LOS ESTUANTES DIAGONAL AL PALI, SAN JOSE).

SAN SEBASTIAN 2

400 NORTE DE LA IGLESIA CATÓLICA, DE SAN SEBASTIAN (SAN JOSE)

ABANGARES

ENTRADA A LA JUNTAS DE ABANGARES (LA IRMA GUANACASTE).

LIMON

LIMON CENTRO, CONTIGUO A ALMACEN COLONO LIMON, CRUCE DE CIENEGUITA

SIQUIRRES

300 METROS ESTE DE LA ANTIGUA ROMANA, SIQUIRRES, SOBRE RUTA 32

POCORA

200 METROS ESTE DEL ALMACEN COLONO DE POCORA, GUACIMO, SOBRE RUTA 32.

LA RITA

2 KM NORTE DEL HOTEL SUERRE DE GUAPILES, FRENTE AL CRUCE DE LA RITA.

CARIARI2

DIAGONAL AL BCR DE CARIARI, POCOCI.

TICABAN

CONTIGUO AL ALMACEN COLONO DE TICABAN, TICABAN CENTRO.

AGUAS ZARCAS

500 METROS OESTE DEL ALMACEN EL COLONO DE AGUAS ZARCAS, SAN CARLOS.

PITAL

100 METROS NORTE DE LA CRUZ ROJA EN PITAL, CONTIGUO AL ALMACÉN EL COLONO.

ESTACION AUTO PISTA SANTA ANA

ESCAZU FRENTE AL HOSPITAL CIMA

TURRIALBA

500 METROS AL SUR DE LA IGLESIA CATÓLICA DE SANTA ROSA, TURRIALBA

Ruta 32

520 METROS OESTE DE LA PLAZA DE DEPORTES DE LA UNION, GUAPILES

Artículo 4.
Participarán de esta Promoción, todos los clientes mayores de dieciocho (18) años que entre el 18 de agosto de 2025 a las 00:00:00 horas y hasta el 18 de noviembre de 2025 a las 23:59:59 horas (“Plazo de Compra”) se presenten a cualquiera de las Estaciones de Servicio UNO listadas anteriormente a comprar combustible (Super, Plus 91 o Diesel) y/o lubricantes UNO con el propósito de que tengan la oportunidad de participar en el sorteo de uno de los 5 viajes para dos personas cada uno a Cancún, México o bien uno de los premios instantáneos detallados en el Artículo 5 de conformidad con las siguientes reglas:

a) Por la compra de cada DIEZ MIL COLONES ( ¢10 ,000.00) en combustible el cliente recibirá su factura la cual tendrá un código QR que al escanearlo y registrar sus datos.

b) Por la compra de un ¼ de aceite UNO LUBRICANTES el cliente recibirá su factura la cual tendrá un código QR que al escanearlo y registrar sus datos.

c) La factura será emitida por las estaciones de servicio participantes y le será entregada al cliente, una vez haya realizado y pagado el consumo que aplica.

El participante al recibir su factura podrá escanear con su dispositivo móvil el código QR que está impreso en la factura y que lo dirigirá a la página de participación de la promoción (www.promocionunocostarica.com).

El cliente debe incluir en el registro los siguientes siete (7) campos indispensables para participar:

i. Nombre completo con apellidos

ii. Cedula de identidad, cédula de residente o pasaporte

iii. Provincia

iv. Fecha de nacimiento

v. Teléfono

vi. Correo electrónico

vii. Tipo de vehículo

De no completar el ciclo de registro en la página de participación, no se tendrá por cumplido los requisitos del presente reglamento y el participante deberá repetir el proceso e iniciar el ingreso de los datos mediante el escaneo del código QR con su dispositivo móvil el cual lo dirigirá a la página de participación (www.promocionunocostarica.com).

Artículo 5.
La presente promoción tendrá dos modalidades de premios:

Premios principales:

PREMIOS PRINCIPALES

CANTIDAD

ÚNICOS ALCANCES

VIAJE PARA DOS PERSONAS A CANCÚN, MÉXICO EN LAS FECHAS DEL 19 AL 23 ENERO 2026.

5

BOLETO AÉREO DESDE SAN JOSE, COSTA RICA (INCLUYE 1 MALETA DE MANO + 1 MALETA DE CARGA)

4 NOCHES DE ALOJAMIENTO EN HABITACIPON DELUXE CON VISTA AL MAR ALL INCLUSIVE HARD ROCK - CANCUN

TOUR EN CATAMARAN A ISLA MUJERES CON ESNÓRQUEL Y ALMUERZO

TOUR A TULUM, COBÁ, CENOTE MAYA Y PLAYA DEL CARMEN

TRASLADOS AEROPUERTO - HOTEL – AEROPUERTO HOTEL HARD ROCK - CANCUN

SEGURO DE VIAJE EUROP ASSISTANCE

IMPUESTOS

Premios Instantáneos: Los cuales estarán sujetos a disponibilidad de inventario (color, tipo de producto, tamaño):

PREMIOS INSTANTANEOS

CANTIDAD

RESTRICCIONES

TOALLAS PLAYERAS

2,000 UND

APLICA A DISPONIBILIDAD DE INVENTARIO

GORRAS

1,000 UND

APLICA A DISPONIBILIDAD DE INVENTARIO

BOLSOS HIELERAS

500 UND

APLICA A DISPONIBILIDAD DE INVENTARIO

PARLANTES

600 UND

APLICA A DISPONIBILIDAD DE INVENTARIO

BONOS DE COMBUSTIBLE POR 10,000 COLONES

500 UND

APLICA PARA GASOLINA SUPER, PLUS91 Y DIESEL

Paquete con 5 ENVASES DE ¼ ACEITE UNO LUBRICANTES

100

APLICA PARA MOTORES GASOLINA Y DIESEL

TOTAL DE PREMIOS INSTANTANEOS

4,700

 

Artículo 6.
La presente promoción tendrá dos modalidades de fechas de sorteos, los cuales son los siguientes:

Fecha de sorteo para premios finales

DÍA

FECHA

PREMIO

LUNES

24 DE NOVIEMBRE 2025

VIAJES A CANCÚN MÉXICO

Fecha de sorteo para premios instantáneos:

FECHA DE PREMIOS INSTANTANEOS

La fecha de los premios instantáneos, se efectuarán durante el periodo en el que la presente promoción se encuentre vigente; es decir, del día 18 de agosto del año 2025 al día 18 de noviembre del año 2025. La mecánica será que los (4,700) premios instantáneos podrán ser obtenidos en forma aleatoria a través de un Pop up (notificación emergente) en la página de participación de la promoción, una vez se haya completado el proceso de registro. Los premios estarán asignados bajo un inventario en cada estación de servicio Uno participantes en la presente promoción descritas en el presente Reglamento.

Artículo 7.
La presente promoción tendrá establecido las siguientes condiciones para reclamo de premios que se describen a continuación:

Para premios instantáneos:

Los ganadores de premios instantáneos deberán presentarse con la captura de pantalla donde aparece el código de premio a canjear, en la oficina administrativa de las estaciones UNO participantes descritas anteriormente en la presente promoción y exclusivamente donde fue realizado su consumo y adjudicado el premio instantáneo en la página de participación, los días de Lunes a viernes en el horario de 8:00AM – 5:00PM y sábados de 8:00AM – 4:00PM. No se entregarán premios fuera del horario y días antes mencionado. El retiro debe de ser personal.

El ganador de un premio instantáneo tendrá 7 días naturales para realizar el canje en la estación de servicio UNO que realizó su consumo y que salió favorecido con el premio, de no presentarse en el plazo antes mencionado perderá el derecho de canjear el premio.

Los ganadores de premios en Lubricantes UNO podrán elegir el tipo de aceite de su uso acorde a la disponibilidad de inventario.

Para premios principales:

El Personal de EL PATROCINADOR, procederá a llamar a los ganadores y les realizará un máximo de 3 llamadas telefónicas al cliente ganador el mismo día del sorteo, para comunicarle que ha resultado favorecido con uno de los premios finales. El proceso que se aplicara para estas llamadas es el siguiente: Las llamadas serán grabadas y se enviará correo de notificación al cliente ganador, indicando el plazo máximo de 1 día para la certificación de sus datos.  De no obtener respuesta en el plazo estipulado, se procederá a llamar al PRIMER SUPLENTE.

El procedimiento a seguir para llamadas al PRIMER SUPLENTE será el mismo que el aplicado al CLIENTE GANADOR y gozará del mismo plazo para el reclamo del premio (1 día después de haber realizado la llamada en presencia del notario). Pasada esa fecha, caducará el derecho de reclamar el premio, por lo que, EL PATROCINADOR no reconocerá premio alguno, y por lo tanto, no se verá en la obligación de satisfacerlo.

En caso que un premio no sea reclamado, EL PATROCINADOR podrá disponer del premio como lo estime conveniente.

Artículo 8.
El PATROCINADOR hará público el nombre del ganador una vez que se haya verificado el cumplimiento de requisitos indicado en el presente reglamento.

Los premios se entregarán en un evento simbólico para hacer constar la existencia de los ganadores en una estación de servicio o el lugar donde el PATROCINADOR lo determine.

DÍA

FECHA

PREMIO

JUEVES

27 DE NOVIEMBRE 2025

VIAJES A CANCÚN MÉXICO

En caso que por caso fortuito o fuerza mayor no pudieran ser entregado los premios en la fecha antes indicada, se reprogramará dicha entrega en común acuerdo con los ganadores, dicha fecha deberá de ser publicada en la página oficial de Facebook, Uno Gasolineras.

En el acto de entrega de este premio, el favorecido de cada uno de los premios, firmará el documento de recibo del mismo, EL PATROCINADOR solicitará en ese momento documentos personales del ganador(es), a efecto de que EL PATROCINADOR pueda llevar un mejor control.

Artículo 9.
La fecha máxima para participar es el 18 de noviembre de 2025. Transcurrido dicho plazo el participante no tendrá derecho de ejercer acción o reclamo alguno en contra de la empresa patrocinadora y/o de las marcas patrocinadoras, ni de reclamar ningún tipo de daño o perjuicio o indemnización alguna o de cualquier otro tipo, reservándose la empresa patrocinadora el derecho de disponer de la factura y sorteo.

Artículo 10.
Al momento del sorteo de premios principales se revisará que los campos requeridos en la página de participación estén completos; se considerará como válido aquel participante que contenga los siete campos indispensables previamente establecidos en este reglamento.

Artículo 11.
Al momento del sorteo se sacarán cinco (5) participantes ganadores, y (5) participantes suplentes en caso de no lograr contactar al ganador principal.

Artículo 12.
UNO se encargará de contactar al ganador y se otorgará un plazo de máximo un (1) día hábil (25 de noviembre 2025) para que responda, en caso contrario se procederá a contactar al reemplazo.

Artículo 13.
El ganador se publicará en las redes oficiales de UNO: página de Facebook de UNO GASOLINERAS , y página de Instagram unogasolineras.cr.

Artículo 14.
Si el premio no es reclamado o si fuese rechazado por no cumplirse con los requisitos que indica el presente Reglamento, el mismo será propiedad de UNO quien dispondrá de este en la forma que mejor le parezca.

Artículo 15.
Restricciones y condiciones:

a) En la publicidad de la promoción se ha consignado la frase APLICAN RESTRICCIONES, en señal de que la participación de los interesados, así como la propia promoción y premios, están sujetos a condiciones y limitaciones. Estas condiciones y restricciones con las que se indican en este reglamento.

b) Una vez que el participante se registre en la página de participación, expresamente ha aceptado las condiciones y limitaciones del presente reglamento.

c) El participante debe ser mayor de edad (18 años cumplidos al momento de participar en la promoción)

d) El participante deberá tener cédula costarricense y/o cédula de Residencia y pasaporte vigente.

e) Cada favorecido releva de toda responsabilidad a EL PATROCINADOR de cualquier daño que sobre las personas o las cosas de pudiesen ocasionar por el uso de cualquiera de los premios ya sea por su uso o el de terceras personas.

f) Cualquier asunto que se presente con la promoción y que no esté previsto en el presente reglamento será resuelto por EL PATROCINADOR, en estricto apego a las leyes de la República de Costa Rica.

g) EL PATROCINADOR no intervendrá, ni tendrá responsabilidad alguna por los inconvenientes o problemas o discusiones que se presenten entre el favorecido y cualquier otra persona, en relación o disputa por la posesión y/o la titularidad de los premios. EL PATROCINADOR reconocerá únicamente como favorecido al ganador elegido de manera aleatoria.

h) La responsabilidad de EL PATROCINADOR culmina con la entrega de cada uno de los premios, no se responsabiliza por accidentes, muertes, enfermedades o gastos médicos en los que puedan incurrir por el uso y disfrute de cualquiera de los premios.

i) El PATROCINADOR no se hará cargo de la emisión de ningún documento para viajar (pasaporte, visa, vacunas) ni otro tipo de documentación necesaria para viajar.

j) EL PATROCINADOR no se hará cargo de ningún gasto incurrido por los favorecidos con los premios para retirar o hacer efectivos los mismos.

k) EL PATROCINADOR designará las fechas en que se ejecutará el viaje. Ninguno de los ganadores de los premios tendrá opción a seleccionar el destino o fecha en que se ejecutarán los viajes.

l) Correrán única y exclusivamente por cuenta del ganador todos los gastos, tasas e impuestos correspondientes que se generen por consumos que no estén incluidos en el premio final de los viajes. En caso de que el ganador se rehúse a pagar dichas tasas o gastos, EL PATROCINADOR, no reconocerá y no reembolsará su valor monetario.

m) Los valores pagados del paquete no son reembolsables y los ganadores son responsables de pagar cualquier y todos los cargos que se generen por la cancelación del viaje, cambios de fecha(s), cambio y/o correcciones de nombre(s), cambios de hora(s), cambios de aerolínea(s) y cualquier otra restricción establecida tanto por la(s) línea(s) aérea(s), hoteles, y cualquier otra compañía que se contrate para los servicios.

n) El ganador es responsable de revisar y asegurarse que la vigencia de los pasaportes de los pasajeros sea mayor a 12 meses, contados a partir de la fecha escogida como retorno en el boleto, así como de revisar y asegurarse de proporcionar que los nombres de los viajeros/clientes/beneficiarios, número de pasaporte, destinos, fechas, horas, líneas aéreas y cualquier otro servicio que requiera, se encuentren incluidos en el(los) boleto(s) aéreo(s), reservaciones de hotel, visas, y todos los servicios relacionados a viajes; así como presentarse al aeropuerto 3 horas antes de cada salida en cada país.

o) Una vez emitido los boletos aéreos, los ganadores no pueden reclamar a EL PATROCINADOR, por el (los) boleto(s) emitido(s). Los cambios y/o reembolsos y/o cancelaciones están sujetas a las políticas de las aerolíneas con que se emitió el pasaje. Como ganador se obliga a leer las restricciones de cambios, franquicia y costo de equipaje permitido y extra, horario, equipos, números de vuelos y otros que tenga cada pasaje, según la aerolínea con que se emitió el pasaje.

p) El ganador es el único responsable de revisar y asegurarse de cumplir con todos los requisitos migratorios antes de realizar/comenzar el viaje, como ser visa(s), licencia(s) de conducir requerida(s) (sean o no internacional), tarjeta(s) de turismo, vacuna o pruebas de Covid19 u otra vacuna exigida por el país de destino como ser la de Fiebre Amarilla exigida en algunos destinos, reservaciones de hotel, asistencia de viajes, cartas de invitación y cualquier otro requisito establecido tanto por la(s) línea(s) aérea(s) como las autoridades de cada país requeridos para ingresar a mi(s) destino(s) y retorno a Costa Rica.

q) Los ganadores eximen a EL PATROCINADOR, de todo tipo de responsabilidad, de ser objeto de robo, perdida o cualquier otra causa que hagan desaparecer el premio obtenido en la presente promoción.

Artículo 16.
No se entregarán premios en efectivo.

Artículo 17.
Clientes de Flota Uno Plus, Versatec, BAC Flota, Fleet Magic (Scotiabank y Davivienda) Si Participan.

Artículo 18.
No podrán participar en la promoción colaboradores directos de UNOPETROL COSTA RICA, ni sus familiares hasta un primer grado de consanguinidad y hasta un primer grado de afinidad.

Artículo 19.
UNO se reserva el derecho de permitir nuevas formas de participación cuando así lo estime conveniente, siempre y cuando no sea en perjuicio de los clientes y siendo debidamente anunciado y notificado por los medios de publicidad de la Promoción. Para lo anterior se hará del conocimiento público en medios digitales a través de la página oficial de Facebook, Uno Gasolineras.

Artículo 20.
Todos los participantes de la presente Promoción autorizan a UNO el uso, publicación y reproducción de su nombre e imagen en cualquier tipo de publicidad, siempre que esta se relacione con la promoción, sin reembolso de ningún tipo para el participante y sin necesidad de pagar ninguna tarifa o derecho.

Artículo 21.
Una vez entregado el premio al cliente, este será responsable por el uso que le dé y UNO no tendrá ninguna responsabilidad por el premio y los eventuales defectos que el premio pueda tener.

Artículo 22.
El cliente deberá conformarse con el premio entregado y bajo ninguna circunstancia podrán solicitar mejoras al mismo, ni mucho menos solicitar el rembolso en efectivo o que sea sustituido por otro de igual o diferente categoría, o por servicios ofrecidos por UNO.

Artículo 23.
En el caso que un Participante reciba un premio por medio de engaño o presunto fraude, UNO en cualquier momento reclamarán la devolución del mismo y podrá tomar las acciones legales correspondientes.

Artículo 24.
Para poder reclamar el premio, el cliente deberá cumplir con todos los requisitos establecidos en este Reglamento y que la ley costarricense requiera para el traspaso del Premio.

Artículo 25.
Si el cliente no acepta el premio, sus condiciones y/o se niega a firmar los documentos que indique UNO, el premio se tendrá por renunciado y no le asistirá derecho a reclamar total o parcialmente indemnización alguna.

Artículo 26.
Todos los plazos indicados en el presente reglamento se entenderán improrrogables, por lo que, si el cliente no cumple con los procedimientos, requisitos y plazos establecidos, automáticamente perderá los derechos que este le confiere, sin asumir UNO responsabilidad alguna por tal motivo.

Artículo 27.
UNO se reserva el derecho de ampliar el Plazo Promocional con el objetivo de extender el beneficio de la presente Promoción a más Clientes, anunciando y notificando la extensión por los medios de publicidad de la promoción.

Artículo 28.
El reglamento y las modificaciones que existan a la promoción se publicarán en la página de Facebook de UNO GASOLINERAS para que los Clientes puedan informarse sobre el contenido de los mismos.

Artículo 29.
El presente reglamento no obliga a UNO con determinada persona o determinada colectividad sino solo con quien acepte los términos del presente reglamento y sus eventuales modificaciones.

Artículo 30.
En caso que cualquiera de los artículos del presente Reglamento sea declarados nulos o inaplicables, tal nulidad o inaplicabilidad no afectará los restantes artículos del Reglamento.

Artículo 31.
Con el fin de hacer público el resultado de la promoción, los clientes autorizaran expresamente que su nombres y apellidos, número de cedula de identidad , teléfono de contacto, correo electrónico e imagen  aparezcan en publicaciones y demás medios publicitarios que el PATROCINADOR determine y en general en todo material de divulgación de las actividades posteriores a la promoción como entrega y recibo del premio sin que esto implique remuneración o compensación adicional, ni reclamo alguno por derechos de cualquier tipo incluyendo de imagen por parte del participante favorecido o cualquier otra persona.

Artículo 32.
Los clientes al participar en la presente promoción autorizan y dan su consentimiento para que LOS PATROCINADORES utilicen y conserven sus datos personales y/o información sobre los participantes y dan su consentimiento expreso para el uso de esos datos en los límites razonables dentro del marco legal costarricense.

Artículo 33.
Para mayor información o consultas los clientes pueden llamar a servicio al cliente al número (506) 2290 2768.